"Se desecha de plano por infundado el incidente planteado por Luis Tomas Castro Hidalgo, por tanto se impone una multa de Ochocientos noventa y siete pesos con treinta centavos equivalente a quince días de salario minino vigente en el distrito Federal; en el entendido de que se impone la multa mínima, por virtud de que se desconoce su capacidad económica."